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Registro de aparatos eléctricos y electrónicos

El Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, dedica su artículo 8 al Registro Integrado Industrial y establece la obligación de que todos los productores de aparatos eléctricos y electrónicos (o su representante autorizado) se inscriban en la sección especial para los productores de aparatos eléctricos y electrónicos del Registro Integrado Industrial (RII-AEE).

El Registro Integrado Industrial (RII) es un registro de carácter informativo y de ámbito estatal, adscrito al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, que responde a los requerimientos de la Directiva 2012/19/UE, por la que se obliga al productor de aparatos eléctricos y electrónicos a registrarse en cada uno de los Estados miembros en los que venda.

En la web del RII-AEE se puede realizar o consultar:

  1. La inscripción en el Registro de Productores.
  2. La asignación del número de identificación a los productores o su representante autorizado en el momento de la inscripción.
  3. La declaración de aparatos eléctricos y electrónicos puestos en el mercado.
  4. La asignación de la cuota de mercado para cada productor o sistema colectivo de responsabilidad ampliada del productor (SCRAP, antes Sistema integrado de gestión o SIG) para el establecimiento de las responsabilidades sobre los residuos.
  5. Información relevante relativa a productores y los aparatos que ponen en el mercado.

Las funciones que desempeña el RII-AEE son:

  1. Actúa como registro de los productores (o sus representantes autorizados), de tal manera que un productor no puede poner sus productos en el mercado español si no está inscrito en el RII-AEE.
  2. Proporciona a los productores su número de identificación, elemento crítico sin el cual no pueden comercializar ningún aparato en España.
  3. Dispone de códigos específicos para cada tipo de aparato puesto en el mercado en cada categoría y subcategoría.
  4. Recibe la información de los AEE puestos en el mercado español por todos los productores, clasificados por categorías, subcategorías (en su caso) y usos (doméstico o profesional).
  5. Puede ejercer funciones de control, mediante la solicitud de auditorías a los productores para verificar que la información reportada sobre AEE puestos en el mercado es correcta.
  6. Al disponer de la información de productores y cantidades reportadas, es el agente del sistema que tiene la función de informar al resto de agentes sobre las cuotas de mercado de cada productor y/o los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor.

¿Cuánto cuesta reciclar?

Reciclar consiste en aprovechar al máximo posible algo que se desecha. Según la naturaleza de ese residuo se recicla de una manera o de otra, para lo cual es necesaria una separación previa. Como consecuencia luego tiene que haber una recogida selectiva. Dividiendo los residuos es como más rendimiento se obtiene de ellos y la manera de evitar que se desperdicien en un vertedero.

SIG

En España, esta selección de residuos está ligada a un Sistema Integrado de Gestión o Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP), es decir, una organización que se encarga de la recogida de unos tipos concretos de residuos: vidrio, papel, envases, neumáticos, aceite, baterías, aparatos eléctricos o electrónicos… El SCRAP se financia a través de un sobrecoste aplicado al producto nuevo, y que se calcula en base al valor estimado de todo el ciclo hasta su valorización o tratamiento último. Hay que tener en cuenta que en este coste hay que hacer frente al denominado residuo histórico, difícilmente cuantificable en muchos casos.

Pero, ¿cuánto debe pagar el productor que pone en el mercado ese residuo por su reciclaje? La respuesta no es sencilla. Los sistemas de gestión tienen en cuenta muchos factores y especialmente, los atributos del residuo en cuestión, como su peso, volumen, composición, procesos para su valorización y tratamiento, residuo histórico, etc.

Esta extraordinaria complejidad ha hecho necesaria la implementación de avanzadas fórmulas de análisis de datos históricos, datos obtenidos en tiempo real, tendencias, estadísticas de productos y materiales, etc. que sirven para modelizar los costes aplicables en cada momento. Estos costes también se ven afectados directamente por variables de mercado como son los precios de los carburantes, así como la propia fluctuación de la cotización de los materiales recuperados.

El reto derivado de las exigentes normativas de la gestión selectiva de residuos, y la aparición progresiva de SCRAP en las diferentes categorías de residuos, es una realidad creciente.

¿Cómo se valoran los residuos?

La regla básica y común para todos los residuos es que cuanto más fácilmente se puedan recuperar, más valor tienen.

  • METALES: El precio varía según el nivel de pureza y la Bolsa de Metales de Londres (London Metal Exchange).
  • BATERÍA DE PLOMO ÁCIDO: Valorizable parcialmente según el plomo que contenga.
  • RAEE (incluye tubos fluorescentes, bombillas de bajo consumo y LED): Para recibir las compensaciones de los Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada (SCRAP) hay que adherirse al convenio marco y tratar con OfiRaee.
  • PILAS: Para recibir las compensaciones de los SCRAP hay que adherirse al convenio marco y tratar con Ofipilas. El precio superior se aplica cuando el ente local hace la recogida y el inferior cuando la recogida la hacen los SCRAP.
  • NEUMÁTICOS: Si el gestor está registrado en los SCRAP, la recogida es gratuita para los neumáticos de reposición de particulares.
  • MADERA: La madera natural es más fácil de recuperar y se recomienda separarla de la madera tratada.
  • ACEITE MINERAL (coches): Los fabricantes y otros productores que pongan en el mercado aceites minerales se tienen que hacer cargo de su gestión a través de los SCRAP SIGAUS o SIGPI. El precio de valorización depende del grado de pureza o de si está mezclado con agua u otros contaminantes.
  • ACEITE VEGETAL USADO: Precio en función de la cantidad y el gestor.
  • PLÁSTICO (PEAD, PEBD y PET): Para aumentar su precio y favorecer su reciclaje se recomienda clasificar y prensar las diferentes fracciones de los polímeros.
  • VIDRIO DE ENVASES: No mezclarlo con vidrio plano. El precio varía en función de si se trata de vidrio de color o transparente.
  • CARTÓN: Según la calidad del cartón y la tipología del gestor.
  • PAPEL: Precios según la calidad del papel blanco (de primera, continuo, blanco, monitor, archivo, etc.).
  • TÓNERES: Se tienen que separar los cartuchos de tóner de los de inyección de tinta. Se recomienda almacenarlos con su embalaje para evitar roturas. Precios variables en función de la marca y el modelo, originales o compatibles.
Fuente: https://www.diba.cat/documents/471041/370027694/Mercat+de+materials.+Butllet%C3%AD+de+preus+per+a+Deixalleries.+1er+trimestre+2022

La responsabilidad ampliada del productor

La Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados dedica un título a la “Responsabilidad ampliada del productor del producto” (RAP). En él se explica que en aplicación del principio de «quien contamina paga» la persona física o jurídica que fabrique, importe o adquiera en otros estados miembros de la Unión Europea, tiene la obligación de asumir la financiación de la gestión de los residuos que proceden de sus productos. La RAP abarca todo el ciclo de vida del producto, desde su fabricación hasta que se convierte en residuo. La primera vez que se estableció la responsabilidad del productor en la gestión de residuos fue en la Directiva 2002/96/CE del Parlamento Europeo y el Consejo, de 27 de enero de 2003.

Responsabilidad Ampliada del Productor

 

La responsabilidad ampliada del productor es un medio para estimular la prevención, el ecodiseño y la reciclabilidad de los productos, y para ello comprende una serie de obligaciones, que se asumen a través de sistemas individuales o colectivos de responsabilidad ampliada (SRAP). Estas obligaciones son, fundamentalmente, relativas a la prevención, puesta en el mercado y a la recogida de residuos (con una cantidad mínima exigida). La responsabilidad ampliada del productor se aplica actualmente a diversos flujos presentes en los residuos tales como envases, RAEEs, pilas y acumuladores, aceite, neumáticos, etc.

Una sociedad consumista como la nuestra lleva aparejada un peligroso incremento de residuos. Cuanto más se consume, más basura se genera. Y esos residuos se han convertido en un problema medioambiental de primer orden, por eso su gestión eficiente es fundamental. Hay muchas soluciones para resolver este problema, y la lucha contra las importaciones y las exportaciones fraudulentas de productos sometidos a responsabilidad ampliada del productor es una de ellas.

Las dudas más comunes al reciclar

Cuando hablamos de reciclar, solemos referirnos a separar los residuos y tirarlos en contenedores específicos. Los tres contenedores de reciclaje más conocidos en España, y también en otros países, son el de papel/cartón, plástico y vidrio. Todos tienen en común que el residuo que va a parar a ellos debe ser un ENVASE. Aunque el de papel también admite, como su nombre indica, folios, revistas, periódicos… Los contenedores de plástico y papel los gestiona en exclusiva Ecoembes, un Sistema Integrado de Gestión, y el de vidrio, Ecovidrio. En relación con estos residuos, Ecoembes ofrece un buscador (también en forma de aplicación móvil) que aclara dónde deben depositarse. No hay que olvidar que el vidrio que no se separa y acaba en los vertederos no se descompone nunca, y el plástico puede tardar hasta 500 años en desaparecer del medio ambiente.

BuscadorEcoembes
El envase de tetrabrik compuesto por cartón, plástico y aluminio se tira en el contenedor amarillo.

Las pajitas para beber líquidos no se consideran envases por lo que van al contenedor de resto.

El rodillo, mandril, bobina o carrete de papel higiénico o papel de cocina se desecha en el contenedor azul. Pero ni los pañuelos ni las servilletas usadas van a ese contenedor, sino al de resto.

Al contenedor verde no se pueden tirar ni cristales de ventanas ni espejos ni vajillas.

Las lámparas o bombillas tampoco van en el contenedor verde. Además, las fluorescentes no deben romperse porque contienen gases peligrosos para la salud.

Las lámparas fluorescentes, de bajo consumo, de descarga y LED; y las pilas y baterías son residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, y se desechan separadamente (en contenedores especiales, tiendas o puntos limpios).

Más información

Preguntas frecuentes sobre el representante autorizado en España

1. ¿Cuándo debe tener un productor de aparatos eléctricos o electrónicos un representante autorizado?
Es obligatorio que un productor tenga un representante autorizado en España siempre que se dedique a la venta a distancia y no esté establecido en España. Del mismo modo, un fabricante español para vender directamente en otro Estado miembro de la Unión Europea, precisará disponer de un representante autorizado en dicho Estado.

2. ¿Qué tipos de productores existen?
El Real Decreto 110/2015, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), distingue los siguientes tipos de productores, con independencia de que se trate de personas físicas o jurídicas:

  1. Fabricante: fabrica en España o fabrica para terceros con la marca de otra empresa, en cuyo caso este segundo es el productor.
  2. Vendedor de marca blanca, marca propia o marca de distribución: es productor de los aparatos que vende, sean fabricados en España por otra empresa a su nombre, sean fabricados en otro país e importados.
  3. Importador: importa un aparato desde un Estado miembro de la Unión Europea o desde un tercer país para su venta en España.
  4. Distribuidor: si importa alguno de los aparatos eléctricos y electrónicos (AEE) que comercializa, pasa a ser un productor (importador) en relación a dichos aparatos. Si la totalidad de los aparatos que comercializa los ha adquirido de fabricantes o importadores que ya son productores en España, el distribuidor no es un productor.
  5. Vendedor a distancia: si está establecido fuera de España y vende AEE a distancia directamente a hogares particulares o a usuarios profesionales en España, es productor.

En los casos 1 a 4 el productor ha de registrarse y declarar su condición de productor o, alternativamente, operar a través de un representante autorizado. En el caso 5, sin embargo, es obligatorio que disponga de un representante autorizado en España.

3. ¿Qué información del productor debe aportar el representante autorizado al Registro Integrado Industrial del Ministerio de Industria, Energía y Turismo?
En el caso de que un productor tenga un representante autorizado en España, debe aportarse la misma información que se solicita a cualquier productor español. Como única diferencia, el representante autorizado debe presentar el NIF español, mientras que el productor deberá presentar el NIF de su país de origen.

4. ¿Puede una persona física o jurídica ser representante autorizado de varios productores?
Sí. No existe limitación al respecto, siempre que justifique de forma separada las obligaciones de cada uno de ellos.

¿Qué es la ecotasa?

En primer lugar, hay que aclarar que existen diversas ecotasas, llamadas así porque hacen referencia a distintos gravámenes que contribuyen de forma indirecta a la protección medioambiental. Por ejemplo, hay ecotasas que tienen que ver con la energía, combustibles, contaminación, turismo, reciclaje… Esta última es la que vamos a tratar a continuación.

El origen de la ecotasa se remonta a la mitad de los años ochenta, cuando por mandato europeo se transpone la legislación española en materia de residuos (en especial tóxicos y peligrosos), introduciendo esta llamada “ecotasa” para financiar un reciclaje que de lo contrario era inviable. Por lo tanto, estrictamente viene a considerarse el pago por la prestación de un servicio.

Por otra parte, hay que tener en cuenta que existen residuos reciclables, como por ejemplo las luminarias, cuya vida útil puede ser de hasta 30 años, y por tanto, es preciso prever los recursos financieros para su correcta gestión entonces.

También hay algunos residuos que se han convertido en un negocio y su tratamiento ya no necesita ser subvencionado con impuestos. Por ejemplo, la subida del valor del aceite usado como materia prima se debe a la caída del aceite nuevo en el mercado.

¿Quién paga la ecotasa?

El consumidor final. Cada vez que alguien compra un producto reciclable, paga un pequeño porcentaje para financiar su recogida como residuo y posterior tratamiento y reciclaje. Pero además de pagar, el consumidor debe colaborar separando ese residuo del resto. Este es el primer paso que si no se cumple, hace prácticamente imposibles los siguientes. Con la ecotasa no se cumple el principio de «quien contamina paga», porque no es quien fabrica el futuro residuo el que paga, sino el consumidor, contribuya o no a su reciclaje.

¿Qué productos incorporan la ecotasa en su precio?

Envases, papel y cartón, vidrio, aparatos eléctricos y electrónicos, aceite industrial, neumáticos, medicamentos y automóviles.

¿Un impuesto justo?

Una solución (planteada en Canadá) podría ser la de pagar por tirar la basura. Es decir, que la recogida de basuras fuera realizada por empresas privadas, que ofrecieran diferentes precios por la recogida de todo tipo de basura y se encargaran de gestionarla correctamente. El gobierno prohibiría el vertido de residuos, pero no impediría la competencia del servicio de recogida: algunas empresas podrían ofrecer precios más bajos a los clientes que separaran su basura, mientras que otras podrían cobrar un poco más por llevar a cabo esa clasificación. La competencia entre las empresas de recogida de residuos optimizaría los costes del reciclaje.

¿Cuánto RAEE se gestiona correctamente?

En 2015 se gestionó el 38% de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) puestos en el mercado de consumo español, y en Europa el porcentaje de 2013 incluso bajaba al 34%. De ahí que la Unión Europea haya aumentado los mínimos a gestionar correctamente por sus países miembros: a partir de 2016, el índice mínimo de recogida será del 45% de la media del peso total de los equipos introducidos en el mercado en los tres años precedentes. A partir de 2019, el índice de recogida mínimo que deberá alcanzarse anualmente será del 65%.

Según el presidente de OfiRAEE, la Oficina de Coordinación de los Sistemas Integrados de Gestión (SIG) de RAEE, en España un tercio de estos residuos está “bajo control y bien gestionado”, otro tercio es administrado por gestores autorizados “que no declaran adecuadamente” y el último tercio “se pierde en los flujos paralelos del mercado ilegal”.

 
Puntos limpios RAEE

Existen ciertas categorías para las que se ha alcanzado el objetivo futuro, pese a que en otras categorías la dificultad de alcanzarlo se da, principalmente, por la existencia de flujos paralelos independientes de los productores. Así por ejemplo, los aparatos de alumbrado son los que tienen el índice de recogida más alto. El aumento del mínimo a gestionar exigirá un esfuerzo de administraciones y administrados en la eficacia de los mecanismos de inspección y control para impedir prácticas agravadas por la crisis, como robos en contenedores o flujos ilegales.

Los SIG o SRAP (Sistemas de Responsabilidad Ampliada del Productor) funcionan como una plataforma de colaboración entre productores, distribuidores, gestores, administraciones y usuarios, y realizan la recogida selectiva, la valorización y el reciclaje de los residuos. Cerca de 2.000 empresas productoras (que ponen el producto en el mercado español) de aparatos eléctricos y electrónicos están adheridas a los SIG.

Todos los SIG de España

La finalidad básica de un Sistema Integrado de Gestión (SIG) es organizar la recogida selectiva y recuperación de residuos. Si su empresa produce alguno de los residuos enumerados a continuación, la ley le obliga a pagar por su gestión en base a lo que se conoce como Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP).

RESIDUOS SISTEMAS INTEGRADOS DE GESTIÓN (SIG)
Envases plástico/papel/cartón Ecoembes Logo Ecoembes
Solo envases de productos fitosanitarios Sigfito Logo Sigfito
Solo envases de medicamentos y medicamentos caducados Sigre Sigre
Envases vidrio Ecovidrio Ecovidrio
Aceite industrial Sigaus Sigaus
Sigpi SIGPI
Neumáticos Signus Signus
TNU TNU
GIG-NFU GIG-NFU
Aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) Ambilamp Ambilamp
Ecotic Ecotic
European Recycling Platform ERP
Fundación Canarias Recicla Fundación Canarias Recicla
Fundación Eco-Raee’s Fundación-ECO-RAEEs
Fundación Ecolec Ecolec
Fundación Ecolum Ecolum
Recyclia (incluye a Ecoasimelec, Ecopilas, Ecofimática y Tragamóvil) Recyclia
Reinicia Reinicia
Sunreuse Sunreuse
Unibat Unibat
Automóviles Sigrauto Sigrauto

La valorización de residuos

La Ley 22/2011 sobre residuos define la valorización como “cualquier operación cuyo resultado principal sea que el residuo sirva a una finalidad útil al sustituir a otros materiales, que de otro modo se habrían utilizado para cumplir una función particular, o que el residuo sea preparado para cumplir esa función en la instalación o en la economía en general”. El ejemplo óptimo de valorización es el de la utilización del residuo como combustible u otro modo de producir energía. El resto de operaciones supondrían una recuperación, regeneración o reciclado de todo o parte del residuo.

En España, los denominados Sistemas Integrados de Gestión (SIG) son los encargados de la valorización de los residuos susceptibles de ello, como el papel/cartón, el vidrio, los envases, los neumáticos, los vehículos fuera de uso, los residuos de construcción y demolición, y los aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE). Sirva a modo de ejemplo, que de las toneladas de residuos plásticos que se generan en nuestro país, se reciclan un 24%, un 20% se recupera energéticamente y el 56% restante se destina a vertedero. Los plásticos, tienen un contenido energético superior al de los combustibles fósiles: 1 kg de residuos plásticos tiene un valor calorífico o energético superior a 1 kg de gasoil para calefacción. Actualmente la valorización energética de residuos se está realizando sobre todo en cementeras y en el último año, el uso de residuos plásticos como combustible en cementeras ha aumentado un 50%.

Valorización de RSU

El correcto funcionamiento de los SIG depende de varios factores. Los ayuntamientos deben contar con una infraestructura adecuada que incluya centros de recepción, manipulación y expedición de residuos, así como suficientes servicios de recogida selectiva, de manera que los consumidores puedan disponer de ellos. Además, los circuitos de comercialización deben también ofrecer su apoyo. Y finalmente, la colaboración de los consumidores es fundamental para el éxito de este proceso. Por ejemplo, uno de cada cuatro materiales no se deposita adecuadamente en los contenedores, lo que reduce las posibilidades de su recuperación. Por ello, cuánto más limpios y mejor separados estén los residuos, más fácil y rentable será valorizarlos.