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Registro de aparatos eléctricos y electrónicos

El Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, dedica su artículo 8 al Registro Integrado Industrial y establece la obligación de que todos los productores de aparatos eléctricos y electrónicos (o su representante autorizado) se inscriban en la sección especial para los productores de aparatos eléctricos y electrónicos del Registro Integrado Industrial (RII-AEE).

El Registro Integrado Industrial (RII) es un registro de carácter informativo y de ámbito estatal, adscrito al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, que responde a los requerimientos de la Directiva 2012/19/UE, por la que se obliga al productor de aparatos eléctricos y electrónicos a registrarse en cada uno de los Estados miembros en los que venda.

En la web del RII-AEE se puede realizar o consultar:

  1. La inscripción en el Registro de Productores.
  2. La asignación del número de identificación a los productores o su representante autorizado en el momento de la inscripción.
  3. La declaración de aparatos eléctricos y electrónicos puestos en el mercado.
  4. La asignación de la cuota de mercado para cada productor o sistema colectivo de responsabilidad ampliada del productor (SCRAP, antes Sistema integrado de gestión o SIG) para el establecimiento de las responsabilidades sobre los residuos.
  5. Información relevante relativa a productores y los aparatos que ponen en el mercado.

Las funciones que desempeña el RII-AEE son:

  1. Actúa como registro de los productores (o sus representantes autorizados), de tal manera que un productor no puede poner sus productos en el mercado español si no está inscrito en el RII-AEE.
  2. Proporciona a los productores su número de identificación, elemento crítico sin el cual no pueden comercializar ningún aparato en España.
  3. Dispone de códigos específicos para cada tipo de aparato puesto en el mercado en cada categoría y subcategoría.
  4. Recibe la información de los AEE puestos en el mercado español por todos los productores, clasificados por categorías, subcategorías (en su caso) y usos (doméstico o profesional).
  5. Puede ejercer funciones de control, mediante la solicitud de auditorías a los productores para verificar que la información reportada sobre AEE puestos en el mercado es correcta.
  6. Al disponer de la información de productores y cantidades reportadas, es el agente del sistema que tiene la función de informar al resto de agentes sobre las cuotas de mercado de cada productor y/o los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor.

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