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La figura del representante autorizado

¿En qué consiste ser representante de autorizado de un productor de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE)? Lo primero es aclarar quién es productor de AEE, que puede identificarse como un:

  1. Fabricante de esos aparatos.
  2. Vendedor de marca blanca, marca propia o marca de distribución.
  3. Importador de esos aparatos (puede ser un distribuidor).

Ser productor de estos aparatos conlleva una serie de obligaciones que están estandarizadas en toda la Unión Europea. Cuando un productor no tiene sede legal en alguno de los países donde venda, debe tener en cuenta la legislación aplicable en ese país. En el caso de la Unión Europea y otros países como EEUU, Canadá o China, la legislación obliga a los productores que no tienen sede legal a derivar su responsabilidad a un representante autorizado de AEE establecido en ese país. De esta manera, el principio de «quien contamina paga» se aplica allá donde el aparato se ponga en el mercado, al margen de donde esté ubicado su productor.

Al igual que en otros países, si un productor extranjero vende AEE directamente en España y no tiene sede legal, entonces está obligado a tener un representante autorizado que se haga cargo de la gestión de esos aparatos como futuros residuos especiales que son. Y al revés, si una empresa fabricante española vende AEE sin intermediarios en Francia, por ejemplo, debe tener un representante autorizado en ese país.

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